quizá tu vecino no está interesado en construir, y pudiera acceder a una permuta de parcelas.
no veo posible la modificación del parcelario para acogerte a una condición excepcional del planeamiento
pero según he estado leyendo acerca del acuerdo de deslinde, parece ser que eso solo es posible cuando las lindes son desconocidas o inciertas. En este caso, a pesar de no existir barrera física alguna (mojones, muros, vallas etc) están perfectamente delimitadas, por las escrituras y mediciones topográficas.
no se trata de segregar, sino de reparcelar sin alterar las actuales superficies de ambas parcelas
No lo veo fácil, salvo que la modificación necesaria fuera una ligera alteración del actual linde común, en cuyo caso podría tratar de tramitarlo como un acuerdo de deslinde
muy buenas,
creo que este tema puede venir aquí colocado.
el asunto es el siguiente, dispongo de una parcela en suelo rustico de protección ordinaria en la provincia de Cantabria. En dicha parcela tengo intención de edificar una vivienda unifamiliar pero por distancia al suelo urbano no me conceden los permisos. (la distancia máxima a la que se permite son 200 metros, y mi parcela dista 215 metros de dicho suelo).
El asunto es que colindante a dicha parcela existe otra de las mismas dimensiones que si cumpliría la premisa de la cercanía a suelo urbano.
una de las soluciones que he estado barajando es la de llegar a un acuerdo con ese propietario y modificar las lindes de las dos parcelas, de forma que conservando las dos parcelas la misma superficie ambas se puedan encontrar dentro del mencionado circulo de los 200 metros de distancia.
eso seria posible?
el tema es que no se puede realizar una segregación ya que las fincas son de 2000 metros y la unidad minima de cultivo son 6000 metros