Hola, me han encargado que redacte o busque una base legal donde ponga que no se pague dos veces por la misma letra.Os voy a contar el caso:
Somos una promotora y con la empresa contratista le pagamos una letra,resulta que la han perdido y la letra ha vencido. Le vamos a emitir la misma letra con la misma cantidad pero vamos a preparar un documento que refleje que en el caso de que encuentren la letra perdida no se pague.;es decir que no se pague dos veces por el mismo concepto.¿Me podeis orientar sobre como redactar ésto?gracias
¿Dónde han perdido la letra: la han traspapelado y no ha salido de la empresa o ha podido llegar a manos de un 3º (en cuyo caso habría que declarar la amortización judicial de la letra)? Échale un vistazo a la Ley Cambiaria y del Cheque.