Pues no, no hay referencia alguna. Tras algunas consultas he entendido que aquellas denuncias que se resuelven sin apertura de expediente sancionador, aunque se denuncie un fraude de libro como es el caso, no son recurribles. O sea, punto y final.
Por supuesto yo no me voy a quedar ahí. Tras queja y emplazamiento a la Inspectora para que rectifique, sin éxito, voy a dirigir una queja a cualquier órgano superior en la materia, Ministerio de Trabajo, Direcciones y Subdirecciones Generales, Oficina Nacional Contra el Fraude... Por que esto huele a una legua.
Como en todo acto administrativo, en la misma resolución le indicarán el procedimiento de reclamación y los tipos de recursos que corresponden, si es que caben...
Los trabajadores cual cabaña ovina, dan la lana, se les ordeña y el que protesta para carne...
Del orden de 50 fijos discontinuos en fraude de ley, por sobrepasar el tiempo máximo de actividad para este tipo de contrato.
La divina admon. de Justicia no admite demanda colectiva, con razón entiendo, al tratarse de circunstancias individuales diferentes.
La inútil Delegación en Jaén de la Inpeccion de Trabajo y S.S. se cruza de brazos porque los considera un colectivo y alguno, un servidor, ha puesto una demanda en la Jurisdicción Social.
Mientras la empresa se harta de reír un añito más hasta que se celebre la vista, o quien sabe... Porque vete tú a saber por dónde nos salga la toga...
Muy buenas tardes ya.
Tras varias denuncias de comité de empresa, y el mismo sentimiento en todas de defraudación, ésta última se lleva la palma.
Tal es así que es evidente el poder de la patronal en esta administración provincial, pues no me creo que un/a inspector/a pueda ser tan necio/a como para argumentar de tal manera nuestra denuncia y justificar las evidentes ilegalidades cometidas por la empresa.
Así las cosas mi pregunta es ¿Cómo y/o dónde se puede recurrir un atropello de libro y descomunal de esta administración?