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Recurso

2 Comentarios
 
30/01/2014 15:54
Mil gracias,

Ya me he situado!!!! He mirado la Ley y ya lo tengo claro, efectivamente primero va el anuncio.
Buenos días Lizura, lo importante no es el modelo de demanda sino el contenido de la misma. El derecho administrativo es muy complejo, y más si cabe el urbanismo.

Efectivamente, el órgano jurisdiccional competente para conocer del recurso es el Juzgado de lo contencioso-administrativo y no la Sala del TSJ.

Asimismo, en este caso no deberías presentar directamente la demanda sino el anuncio del recurso.

Espero que mis indicaciones te sirvan de ayuda.
Recurso
29/01/2014 15:58
Hola,
A ver si me podéis ayudar por favor, esto de ser novata..
Tengo que poner un recurso contencioso administrativo por silencio (desestimación presunta).
El caso es que presentamos un recurso de reposición contra el acuerdo plenario de un ayuntamiento relativo a la aprobación definitiva de un proyecto de reparcelación y no nos han contestado.
Alguien tiene algún modelo?
Entiendo que tiene que ser en el Juzgado de lo contencioso administrativo y no el tribunal superior de Justicia, no?
Muchas gracias