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recurso reposicion

2 Comentarios
 
23/10/2012 20:23
Muchas gracias por tu respuesta, yo opino lo mismo.
22/10/2012 15:04
Hola.

El plazo máximo para resolver un recurso de reposición es de un mes, en efecto. En la Ley de Extranjería, se establece el sentido del silencio administrativo, siguiendo el siguiente esquema:

A) Regla general: DESESTIMATORIO.

B) Excepciones:

1.- Solicitudes de prórroga de autorización de residencia, autorización de trabajo o autorización de residencia de larga duración: ESTIMATORIO.

2.- Modificaciones de limitación territorial o de sector de actividad, en autorizaciones de residencia temporal inicial: ESTIMATORIO.

Los recursos, como no tienen una regulación específica en la normativa de Extranjería, hay que acudir a lo previsto en la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

En ella encontramos que, el único recurso administrativo que tiene un régimen expresamente señalado como estimatorio, en caso de no resolverse dentro del plazo fijado, es el recurso de alzada, pero, siempre y cuando, se haya interpuesto por desestimación por silencio administrativo (acto presunto). Y si hay una regulación expresa, con esa condición, solo para este recurso, es porque el legislador solo a él le quiso dar este tratamiento y no a los demás.

En los demás procedimientos administrativos, la regla general es que el sentido del silencio es estimatorio, salvo que una norma con rango de Ley, por motivos imperiosos de orden público, establezca lo contrario (como sucede en Extranjería para las solicitudes que no sean de las características a las que expresamente se le concede efecto estimatorio).

Por ello, salvo mejor criterio, soy del parecer de que el sentido del silencio administrativo, en un recurso potestativo de reposición, es desestimatorio, por hallarse comprendido en el ámbito de la regla general de la Ley de Extranjería.

Un cordial saludo.

Recurso reposicion
22/10/2012 12:41
Hola, tengo una duda, que me gustaría que me ayudarais a resolver. Tengo un recurso de reposición por denegación de permiso de residencia y trabajo y me dijeron que hay un plazo de un mes para resolverlo. Ya van más de tres meses y aún no sé nada. Si no me contestan es que no me lo han aceptado o si?. Muchas gracias.