he escrito y se ha perdido el comentario. decía que en la forma en que estan hciendo las cosas, nos cargan 184 dias más de intereses, cuentan desde la primera autoliquidación hasta ahora y no tienen para nada en cuenta el dinero ingresado junto con el recurso que se supone paralizaba intereses. Además la suma de los dos ingresos hechos supera en 3500 euros el valor final de la deuda una vez que han hecho las comprobaciones y no tenemos ni idea de que hacer para que nos devuelvan lo ingresado de más y que quede pagado lo que debíamos
Hola, no sé si está pregunta encaja aquí o es en otro apartado. En una comprobación de valores de ITP se interpuso recurso de reposición y simultáneamente se ingreso la deuda que ellos decía. Nos dijeron que haciéndolo así no se generaban intereses. Cuando han resuelto el recurso con nuevos importes, no ha servido para nada el dinero ingresado simultaneamente con el recurso. Hacen nueva valoración (menos mal que a la baja) pero en la liquidación que envían cuentan los días de demora desde el mismo día que se hizo la autoliquidación septiembre 21 (sobre la que hicieron la comprobación) y la resolución del recurso de reposición de ahora. Creíamos que contarían desde septiembre dle 21 hasta el ingreso con el recurso en mayo de 22,
eso puede ser?, entonces para que sirve hacer el ingreso?