Hace unos días interpuse un recurso contencioso administrativo y el viernes recibí una diligencia de ordenación comunicándome que cuantificara el mismo y que si la cantidad era inferior a 30.000 iniciara el procedimiento mediante demanda ¿La demanda tendría que ir dirigida al mismo Juzgado que conoció del recurso en contestación a la diligencia de ordenación o al registro general y que de ahí la turnaran a otro juzgado? es que si no contesto a la diligencia de ordenación me archivan el procedimiento