supongamos que te deniegan de forma explícita o presunta (no contestarte) un recurso de alzada.
Como alternativa a ir al contencioso, ¿puede interponerse un recurso POTESTATIVO DE REPOSICION?, aunque no lo indiquen en el 'pié de recurso' de la notificación (si la hubiere).
En caso afirmativo, ¿la interposición paraliza el plazo de ir al contencioso?.
La pregunta viene a cuento de que espero me denieguen un recurso que puse a mi gobierno autonómico, recurso que viene avalado por una Directiva de la UE, una sentencia del Tribunal de la UE y una sentencia del TS (que sienta doctrina, reconocida por el MECD). A pesar de todo van a denegármelo.