Este año he reclamado al ayuntamiento la devolución de una cantidad cobrada indebidamente de una liquidación de plusvalía municipal. Recientemente he recibido contestación desestimando dicha solicitud y me dan un mes de plazo para presentar recurso de reposición.
Por otro lado, un fiscalista me dijo el año pasado que el recurso se hacia en el TEAR y ahora he consultado con otro y me dice que al TEAR no se puede recurrir por este tema. Me ha dicho que lo que hay que hacer es presentar un recurso de reposición al propio ayuntamiento. ¿Esto es así como me dicen? Tengo entendido que una vez se recurra al propio ayuntamiento se cerrará la vía administrativa y solo queda la vía judicial, ¿cierto? Gracias.
Al TEAR no puedes recurrir por ser cuestión municipal. No obstante, hay ayuntamientos que tienen Tribunal Económico Administrativo del propio ayuntamiento, en cuyo caso es obligado pasar por él.
Si no tiene Tribunal, puedes presentar el recurso de reposición (que es optativo) y después sólo queda el contencioso (vía judicial).