Muy buenas tardes. Acudo a ustedes con el fin de encontrar información sobre el recurso de alzada que se debe presentar luego de la resolución no favorable para la tarjeta de residencia por primera vez.
He estado leyendo mucho sobre el tema, pero aun me quedan un par de dudas que quisiera aclarar.
¿Donde debo ir a presentar dicha carta de alzada?
¿Existe un modelo exclusivo de esta carta para asuntos de Extranjería?
¿Algún abogado de oficio que pueda redactar esta carta?
Habiendo expresado mis incertidumbres. Les expongo brevemente mi caso.
Mi solicitud de residencia fue negada por no contar con los recursos económicos necesarios para la fecha en que la solicitamos. Mi esposa ahora cuenta con un trabajo de contrato indefinido, yo tengo seguro de vida privado que cumple con todas las exigencias para asuntos de extranjería, tenemos respaldo bancario de nuestros recursos económicos y estamos en el plazo legal para anteponer este recurso.
Sabemos que tengo que introducir dicho recurso, pero ¿a donde debo ir? ¿Como puedo hacer la carta? No tenemos idea como llenar el modelo de carta en el apartado de la alegaciones. ¿Algún abogado que nos pueda asesorar?
En fin. Brevemente este es nuestro caso. De antemano gracias por tomarse la molestia de leerlo y comentarlo.
Sin mas. Quedo de ustedes. Que tengan buena tarde.
1.- Si usted dice que debe presentar recurso de alzada, por así venir indicado en la resolución denegatoria, entonces le ha sdo denegada la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En ese caso, el recurso de alzada se debe presentar ante la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Puede presentarlo en cualquier Registro de la Subdelegación del Gobierno en la provincia; en el Registro de la Administración de la Comunidad Autónoma; en el Registro del Ayuntamiento o en cualquier oficina de CORREOS ( debe indicar que es correo administrativo).
2.- Al escrito de interposición y fundamentación de su recurso debe adjuntar todos los documentos que juzgue pertinentes y que sirvan para desvirtuar la conclusión a la que pudo haber llegado la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia.
3.- No existe un modelo oficial para la interposición de recursos, ni tampoco hay un modelo estándar. Sin embargo, suele seguirse un estilo similar al de los escritos judiciales, aunque sin los rigores propios de estos últimos.
4.- Para solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita debe dirigirse al Colegio de Abogados de su localidad.