Veamos, si por no responder a la identificacion solicitada en la multa de radar se ha abierto un expediente del 9 bis LSV, el primero se ha terminado, por tanto ya no puedes recurrirlo. Podras recurrir esste segundo expediente si ha habido defectos en las notificaciones
Buenas tardes, me gustaria saber si hay alguna forma de recurrir una multa en a cual por mi punto de vista tiene un defecto de forma, pues es de un radar movil y el agente pone en la multa NEGATIVA a FIRMAR y en observaciones pone No se notifica por estar notificando a otros usuarios, lo cual se supone que esta poniendo en la multa algo que no ha sucedido, pues nadie me paro.
Con la consecuencia ademas no notificarse la multa correctamente y poner otra por 900 euros al no responder a la primera.
Gracias.