Hola, queria saber si existe alguna posibilidad de que se admita un recurso siendo que se ha presentado dos días fuera de plazo habiendose pagado la tasa del recurso dentro del plazo para anunciar el recurso...
Teniendo en cuenta el contenido del artículo 134 de la L.E.C. los plazos son improrrogables salvo causa de fuerza mayor que apreciará el Secretario Judicial por decreto previa audiencia de la otra parte procesal.
Puedes leer mas artículos jurídicos de forma gratuita en la web http://conocertusderechos.blogspot.com donde se tratan temas como el divorcio, arrendamiento, desahucio, comunidad de vecinos, costas, fiscalidad, ahorro e inversión.