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Recurso extraordinario de revisión en materia tributaria

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Recurso extraordinario de revisión en materia tributaria
24/06/2016 19:12
Hola! Tengo una duda. A ver si me podéis echar una mano. Es en relación con el recurso extraordinario de revisión previsto en el art. 244 Ley General Tributaria. Señala como plazo para resolver, 6 meses. Sin embargo, el art. 31 del Reglamento Orgánico de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico del Consejo Económico - Administrativo del Ayuntamiento del Oviedo establece que son 3 meses. ¿A qué plazo tengo que atender? Me refiero a la impugnación por esta vía de actos de aplicación de tributos de carácter local, no estatal. Gracias.