En un procedimiento verbal, cuya cuantía reclamada es inferior a 900 euros, y se ha presentado la demanda sin intervención de abogado ni procurador, si la parte demandada presenta escrito, por medio de abogado y procurador, MUY FUERA DEL PLAZO DE TRES DIAS QUE EL AUTO DE ADMISION DE LA DEMANDA Y SEÑALAMIENTO DE VISTA INDICABAN, ¿puede el demandante recurrir esa representación procesal y letrada por haberla hecho tan fuera de plazo?. La providencia indica que se puede impugnar mediante recurso de reposición, ¿se puede realizar ese recurso aun sin ser abogado el demandante, ya que en ese procedimiento verbal no es preceptiva esa intervención profesional?.
Gracias por su ayuda. Un saludo.
Sin lugar a dudas el recurso puede hacerse sin representación letrada.
En cuanto a si van a estimar o no el recurso, tengo mis dudas, a pesar del incumplimiento del plazo. No obstante interponer el recurso es de recibo.
Un saludo.