Estoy de acuerdo, no los necesitas. Un consejo que sí me gustaría darte, por experiencia, es que, si el contrario actúa asistido de abpogado, hagas tú lo mismo, porque, de no ser así, en mi opinión no habrá igualdad de armas. Un caso similar estoy viviendo: represento a una persona condenada en un juicio de faltas. He apelado la Sentencia, y, a la vista del escrito de oposición a la apelación del denunciante, en su nombre, sentía verdadera lástima (y eso que opino que mi cliente es inocente). Aunque, claro, ese factor no sé si será tenido en cuenta por el Tribunal, y será más flexible con quien no tiene asistencia letrada. ¿Alguien puede darme su opinión? Saludos.