En febrero se ha cumplido un año desde que puse Recurso Economico Administrativo ante el Tribunal Regional contra un expediente de Hacienda (cantidad que ya me han embargado y cobrado) y no he recibido respuesta alguna. En Didiembre presenté otro ante el mismo tribunal a efectos de acumulación porque se trataba de la sanción sobre el mismo expediente previamente recurrido.
Mis dudas son: ante el silencio administrataivo ¿debo considerar que ha sido denegado el primer recuso o por el contrario al acumular el segundo el plazo se prorroga?.
En el suspuesto de que tenga que considerarlo denegado ¿Que tipo de recurso puedo poner, ante quien y de que plazo dispongo? ¿Seria el recurso de alzada ante el Tribunal Económico Administrativo Central?