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Recurso de suplica

3 Comentarios
 
31/07/2013 19:42
Están exentos de pagar tasas judiciales aquellas personas a las que, por sus bajos ingresos, se les conceda el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Recientemente (5 de Junio de 2013) la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha adoptado en un pleno no jurisdiccional un acuerdo sobre las tasas en el Orden Social con motivo de las múltiples dudas surgidas en los órganos jurisdiccionales tras la entrada en vigor de la Ley de Tasas y su posterior modificación por el Real Decreto-Ley 3/2013.

Para la tramitación de los recursos de suplicación y casación no son exigibles tasas al trabajador, ni al beneficiario de la Seguridad Social, ni al funcionario o personal estatutario, que interpongan recursos de suplicación o de casación en el Orden Social.
30/07/2013 19:40
Esta es la nueva Ley de Gallardón. Si no se sale a la calle para manifestar y derrocar este tipo de leyes, pues poco se puede hacer.
29/07/2013 14:29
Sois todos muy amables por ver y contestar
saludos
Recurso de suplica
28/07/2013 18:52
Como pensionista y única fuente de ingreso ¿tengo que consignar 300 € por recurrir en suplicación una sentencia?