El recurso de súplica se interpone por la representación procesal de aquella parte que haya visto rechazado el acceso a un recurso. La decisión que invocas se refiere a un trance procesal autónomo, como es el incidente de recusación, que además fue forzado por los actores y tratado con mucho escrúpulo por el propio tribunal, por razones políticas que nada tienen que ver con el carácter convencional y regular del recurso. Si consideras que el tribunal se equivocó en el cómputo para la inadmisión del recurso, puedes plantear el recurso de súplica o de aclaración.
Hola, estoy buscando antecedentes de recursos de súplica al TC promovidos por la representación procesal (abogado) en caso de inadmisión por extemporaneidad. Teóricamente el recurso de súplica lo debe promover la fiscalía del TC, sin embargo he encontrado algunos antecedentes de súplicas promovidas por la parte, como por ejemplo en los recursos de amparo de políticos catalanes solicitando recusaciones de magistrados, en el texto pone claramente que las representaciones procesales de los recurrentes presentaron recursos de súplica después de la inadmisión por extemporaneidad. ¿Esto es un caso especial por algún motivo? ¿Alguien podría facilitar mas información sobre esto? Muchas gracias.