No sé si será el caso, pero puede haber prescrito para uno y para otro no, con los mismos hechos de los que se deriva, si el procedimiento (las fechas en que se presentaron, respondieron, interrumpieron los plazos, etc.) fue diferente para ambos.
Estimados foreros. Me han desestimado una reclamación en el Tribunal Económico-Administrativo de Andalucía por extemporánea. A mi hermana se la han estimado por caducidad y además el procedimiento ha prescrito, es del impuesto de succiones del 2017 de la Junta de Andalucía…
La resolución estimatoria de mi hermana dice que "el acto es nulo". Y yo pienso que siendo idénticos los hechos de la que deriva, podría alegarse que es nulo para todos, mediante un recurso extraordinario de revisión o mediante un procedimiento de revisión de actos nulos de pleno derecho. No tengo nada que perder...Gracias !!!