Un chalet, "protegido en una colonia histórica de Madrid" - Pasa la "ITV DESFAVORABLE..." en el año 2010 - Por la deformación causada en el muro exterior - Por las raíces de un viejo (80 años) árbol del ayuntamiento.
"En mayo 2011 se hace Recurso de Reposición al Decreto recibido - Que ordena al propietario que arregle el muro".
Más adelante el ayuntamiento tala el árbol y certifica por escrito que lo hace por estar deformando el muro.
Se solicita al ayuntamiento que repare el muro.
A la fecha de hoy el ayuntamiento NO ha contestado el citado Recurso de Reposición ni ha dicho nada de reparar el muro, a su cargo.
El recurso de reposición puedes estimarlo desestimado a los tres meses de su interposición y en tanto que desde la desestimación presunta han transcurrido mas de seis mesesc,también ha caducado el plazo para recurrir dicha desestimación presunta ante el juzgado de lo contenciosos-administrativo.
No obstante, dada la obligación que tiene la aadministración de responder todos los recursos, puedes esperar a que se produzca dicha respuesta y presentar entonces el recurso contencioiso-administrativo si la denegación a la solicitud es expesa.
El silencio administrativo a la solicitud de que repare el muro es negativo transcurridos seis meses desde su presentación.
Te explico: El Recurso era contra el Decreto del ayuntamiento. Donde se "obligaba" al propietario en un plazo máximo de 6 meses, a reparar el muro exterior del chalet.
Ha pasado más de un año y el ayuntamiento ni flores. ¿A quién dan la razón con su silencio administrativo...?. Porque nadie a reparado nada.
Medio Ambiente "CERTIFICA" por escrito, "que los daños que por otro lado reclama el ayuntamiento", son causados por un árbol más que protegido que se han visto obligados a talar... por ser de propiedad municipal.
En resumen, el muro está en estado ruinoso según la ITE. ¿Qué pasaría con todo lo aquí expuesto si el muro por "X" o "B" se derrumbase en la vía pública...?.