Hola:
Cuando en un concurso público, donde hay ganadores y perdedores del propio concurso, se llega al final del procedimiento o sea se resuelve el concurso luego los recursos de reposición y luego dice la administración que después de resolver los recursos de reposición se pone fin a la vía administrativa, pero cuál es mi sorpresa que cuando vuelven a publicar el nuevo resultado modificado acusa de los recursos dicen que se puede volver a poner recurso de reposición ante la nueva resolución.
Bueno después de todo este rollo que espero se haya entendido mi pregunta es la siguiente. ¿Puedo volver a poner un recurso de reposición sobre la nueva resolución del concurso? y si es así ¿cuándo termina el procedimiento?
Saludos y muchas gracias de antemano
Conforme con fanotro, aunque en mi opinión la Administración (en un error evidente) da cobertura a este nuevo recurso. La Administración no puede escudarse en sus propios errores. Por tanto, cabría interponer de nuevo recurso de reposición.
La Administración ha estimado un recurso de reposición. Consecuencia de ello ha anulado una resolución y ha procedido a dictar otra nueva que la substituye y que tb pone fin a la via administrativa.
Consecuencia: Vd. puede volver a interponer el recurso puesto que lo que se impugna no es propiamente la resolución del recurso previamente presentado sino la resolución que se dicta como cosnecuencia de ello.
A pesar de la mala explicación que he dado, me han quedado muy claro las respuestas.
Probablemente lo que haga será poner un recurso a la nueva resolución del concurso y también poner un contencioso a la resolución de mi recurso.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Saludos