Mi madre de 87 años recibió una notificación de liquidación provisional del IRPF. La diferencia eran unas retenciones de IRPFsobre arrendamientos que ella había correctamente retenido.Se presentaron alegaciones y las desestimaron por no presentar los contratos de arrendamiento.
Se interpuso un recurso de reposición muy completo donde se adjuntaron los contratos,los recibos,las transferencias bancarias de los inquilinos,una hoja Excel con la totalidad de las retenciones y las divergencias con la AEAT. Desgraciadamente mi madre por error la presentó fuera de plazo.A su vez ingresó la diferencia que le solicitaba Hacienda.
Hoy le ha llegado la desestimación del recurso por haberlo presentado fuera de plazo, incluso dicen que por estar fuera de plazo ni lo han leido. Que debemos hacer? un recurso al tribunal economico-administrativo? como debemos hacerlo?Podrian ayudarnos? Muchas gracias por anticipado por su respuesta.
Mi madre ha cumplido con todas sus obligaciones tributarias y además ha pagado la diferencia que le reclama Hacienda que,por cierto no es correcta. Que podemos ademas reclamar?
Si se ha pasado el plazo en el recurso de reposición también se ha pasado para la reclamación económico administrativa. Por tanto hay que desechar esa vía.
Lo único que se me ocurre es que hagas una solicitud de rectificación de oficio adjuntando todos esos justificantes. Si se apiadan de ti, puede resultar.
Que mala noticia!!
Realmente no puedo entender que esto pueda suceder por un fuera de plazo,cuando además en este caso es la AEAT la que no tiene razón.
La rectificación de oficio donde se tiene que presentar? en la AEAT?
En caso de no tener posibilidad por esta vía, se me ocurre si se podrían deducir del impuesto del próximo año las retenciones que nos han negado deducir en el ejercicio anterior?
Es realmente inaúdito! antes de poner el recurso me acerqué a la delegación y vimos los datos conjuntamente y los chequeamos y me dijeron que efectivamente habían cometido un error!
Enfin....muchas gracias por tu rapidísma respuesta
La solicitud de rectificación de oficio se presenta en la AEAT, en el mismo lugar donde presentaste el recurso de reposición.
Las retenciones no se pueden trasladar a otro ejercicio posterior.