Se ha interpuesto un recurso de reposición en plazo contra un auto de admisión de una demanda en fecha 1 de diciembre de 2.008. Se ha contestado la demanda en fecha 26 de diciembre de 2.008. Ahora, en fecha 27 de enero de 2.009 se ha dictado una providencia en el que se dice que no proceder admitir a trámite el recurso de reposición interpuesto contra el auto admitiendo la demanda y que ha sido contestada por la parte ahora recurrente, en fecha 26 de diciembre de 2.008, de conformidad con lo previsto en el art. 452 de la LEC. El recurso de reposición se presentó en fecha 1 de Diciembre, el auto admitiendo la demanda se notifica el 25.11.08 (por tanto el recurso estaba en plazo) y contenía el art. infringido de la LEC. Por tanto, cumplía los requisitos del art. 452 de la LEC para ser admitido y, sin embargo, ni siquiera ha sido admitido a trámite. Curiosamente se inadmite por providencia en la que se admite nuevamente el recurso de reposición contra ella a pesar de que el art. 452 expresamente lo excluye para el caso de la inadmisión. Como me dan la posibilidad de nuevo recurso de reposición ¿Debo hacer uso de él siguiendo las instrucciones del Juzgado a pesar, de saber, que la indicación del Juzgado va contra la LEC? Saludos y gracias.
entiendo que es un error del juzgado, ¿te has planteado la posibilidad de hablar directamente con el secretario?, quizás de oficio puedan resolver el error.
mira justiciable, he contestado un hilo a MACF sin fijarme la fecha, pues bien, el hilo lo abrió el 29 de enero, y mi contestación es del 18 de febrero, con lo que han pasado 20 días, habiendo precluido el trámite del recurso de reposición de sobra.
lo que quiero decirte es que de buena fe he contestado un hilo para compartir una opinión con un compañero y mi contestación no le va a servir para nada, con lo que has hecho que yo pierda mi tiempo leyendo el hilo y contestándolo, y que MACF pierda su tiempo leyendo mi contestación para nada.
lo que has conseguido es que me plantee no contestar un hilo más, puesto que no me apetece ser cómplice de cómo, entre 4 ociosos, os cargais un foro al que tuve mucho respecto en su momento.
Te diré además que sí es cierto que cuando el plazo es muy corto la contestación puede llegar cuando ya es inútil, pero también es cierto que muchas consultas no entran en esa categoría y de todas formas han quedado sin responder a pesar de que la respuesta sería siempre bien recibida, por útil y provechosa.
Ah, Data, solo un momentito más para decirte que la amenaza es el recurso del cobarde y del impotente, del que sabe que no tiene razón pero quiere imponer su razón a los demás.
Por lo demás, y sin tanto quieres ayudar tu también, vete a la facultad de derecho, estudia unos cuantos años, colégiate, monta un despacho, paga tus gastos y luego vienes aquí a responder los hilos que estas subiendo mientras te insultan por ser abogado.
Vamos muchachos, no os hagais los duros porque es evidente que os encanta vuestra profesión, si no, ¿por qué ívais a responder tan rápido a todas las conjeturas que se producen en los post? porque aunque no demasiado siempre se tiene un rato para ir ojeando lo que acontece, y no es nada denigratorio reconocerlo, hay veces que no gustan algunos comentarios, es evidente, pero hay que mirar el cómputo general, y reconocer abiertamente que nos gusta que de nuestro trabajo y conocimientos haya gente que se beneficie, ¿por qué? porque somos buena gente. Vamos, continuada con vuestros sabios criterios que, se compartan o no, sirven para ampliar conocimientos. Saludos.
En el foro de Penal, profes y paradoenspain tienen mucha necesidad de ayuda y consejo.
Venga chicos, demostrad que no está errado el buen concepto que tiene de vosotros Princeps Augustus, ahora que casi casi me tiene convencido...
a ver, justiciable, me puedes explicar cómo has borrado la contestación en la que pedías una respuesta y estaba entre la pregunta de MACF y mi primera respuesta?
me puedes explicar dónde está la opción de "editar" o "borrar" en el foro?
es que yo no la tengo, igual es porque uso el Windows XP y la opción no sale.