Estimados compañeros tengo la siguiente cuestión, he solicitado la prueba pericial psicológica de una persona a la que tengo que defender que está interna en el Hospital penitenciario psicológico y al día siguiente me ha llegado el auto de la jueza solicitando que se siga el procedimiento por los trámites del procedimiento abreviado. Mi pregunta es, ¿podría recurrir dicho auto dado que no se ha tenido en cuenta la prueba pericial psicológica?, ¿se puede alegar como causa de oposición que el investigado, tal vez, podría ser una persona sin responsabilidad penal y habría que estar a resultas de esta prueba para decretar o no la continuación del procedimiento o su sobreseimiento?. En definitiva, ¿se podría recurrir en reforma y subsidiariamente en apelación dicho auto con medianas garantías de éxito o ese planteamiento no es acorde a lo que establece la ley y no es más que una pérdida de tiempo?.