Si se trata de una revisión de grado tendrá que esperar a la fecha de la resolución del inns para instar la revisión por agrava miento o mejoría y volver a intentarlo primero solicitando la revisión al Inns y si la deniega otra vez con demanda al juzgado de lo social.
Legalmente cabe el recurso de casación pero con casi toda seguridad se dictará auto de inadmisión pues el TS tiene reiteradamente dicho que en materia de incapacidad permanente no hay dos casos iguales, es por eso que no cabe aportar sentencia de contraste para la casación.
Buenas noches. Desearía saber si después de haber recurrido al TSJ de la comunidad correspondiente por un tema de revisión de grado de incapacidad permanente y ésta haber sido denegada cabe recurso de casación para unificación de doctrina tal y conforme refleja la sentencia del TSJ en un plazo de 10 días o no tal y conforme afirma el letrado que me ha representado e, cual afirma que ello no es posible. Muchas gracias