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Recurso de amparo

1 Comentarios
 
perfil JMP
06/04/2005 17:03
Veinte días desde la notificación al procurador (del interesado) y una vez agotada la vía ordinaria.

Si especificas el caso en concreto te diré el momento exacto en que puedas interponer demanda (que no recurso) de amparo.

Dime jurisdicción y que es lo que quieres recurrir.

Un saludo
Recurso de amparo
06/04/2005 10:11
Hola a todos,

Necesitaría saber qué plazo habría para efectuar un recurso de amparo en el T. Constitucional, y si éste tendría que ser a continuación del recurso de casación o se podría acceder al mismo desde cualquier otra instancia anterior.

Gracias y saludos

Gracias