Hola, un cordial saludo a todos y todas des Canarias. A ver quien me puede ayudar de forma urgente y precisa. Me multan el 24/03/09,
por conducir sin seguro obligatorio.Hago un pliego de descargo ante la Jefatura Provicincial de Trafico y me es rechazado. A finales de Julio ese mismo año(2009) hago un recurso de alzada ante la Direccion General de Trafico y con fecha 16/08/2011 recibo una noticicación, donde en la parte final, ACUERDO, dice CONFIRMAR la resolucion recaida en el expediente tal, tal, lo de que acaba la via administrativa inciar proceso contencioso/administrativo, etc,etc. Mis preguntas son: ¿que tiempo tiene la administracion para contestarme a recurso de alzada?, ¿Si hay un tiempo para contestarme y se han pasado se puede entender que es silencio administrativo a mi favor? . No encuentro la copia del recurso de alzada que puse,¿puedo solicitar una copia en trafico o eso?. No se, estoy muy perdido con estos temas, por una parte me dicen que puedo recurrir el recurso de alzada y por otra que tengo 15 dias habiles para pagar la multa. Necesito ayuda urgente por favor, los 15 dias para pagar acaban el supustamente 6 de Semptiembre.
Hola. Antes de nada ¿el coche circulaba sin seguro? Si efectivamente circulaba sin seguro, y tu eres el titular, no te queda otra que pagar la multa.
El plazo para contestar el recurso de alzada creo que eran 3 meses (es que ahora para el de reposicion es un mes, y creo que el del alzada eran tres pero no me acuerdo fijo). En cualquier caso da igual porque el silencio administrativo en este caso es negativo, y opera a los unicos efectos de que puedas interponer un recurso contencioso administrativo sin necesidad de recibir la resolucion expresa de tu recurso.
Si, puedes pedir copia del recurso que tu presentaste en la jefatura de trafico que te correspondan, tienes que abonar una tasa de 8 euros.
Puedes recurrir el recurso de alzada en via contenciosa, pero eso no interrumpe la ejecucion de la sentencia, por eso tambien te ponen que abones la sancion, porque si no pasara a via ejecutiva y te la cobrara hacienda con el 20% de recargo.
TAmbien puedes presentar un extraordinario de revision, pero vamos, que si el coche no tenia seguro, te va a dar igual y lo mismo te digo, la presentacion de un Revision no paraliza la via ejecutiva
Saludos sarapiki, gracias por contestar a mi mensaje. Veras, en mi caso no podria pagar al contado dicha multa, pues son 1500 euros y la pregunta es ¿puedo fraccionar el pago y de que forma?. Debo pedir ese fraccionamiento en Hacienda, pero en que momento, ¿cuando reciba la notificacion de hacienda o cuando?. Y una ultima cuestión ¿puede otra persona en mi nombre con autorización mia retirar en trafico la copia del recurso que interpuse?. No se si en la web de la dgt habra algun impreso para pedir dicha copia. Me despido de ti no sin agradecerte las molestias que te estas tomando por mi. Un cordial saludo