¿Es posible interponer un recurso de reposición contra un recurso de alzada?.
Supongo que en principio no se admitiría porque el recurso de alzada dice que contra éste no es posible interponer otro recurso administrativo, pero teniendo en cuenta que el recurso de reposición se introdujo posteriormete en la ley de procedimiento administrativo, y además es un recurso potestativo que se interpone contra los actos que ponen fin al procedimiento administrativo (tales como el recurso de alzada), ¿no sería totalmente defendible que la administración tuviera un asegunda oportunidad para reconcer su error?