Hola, tengo dudas de como proceder al siguiente caso. A dia de hoy he recibido una resolución sancionadora por exceso de velocidad a la que no había recibido previamente ninguna comunicación. la infracción se cometio en una autopista que en un tramo la velocidad estaba limitada a 80 km por hora y yo circulaba según el radar a 113km/h. El vehiculo es de renting y la fecha de lainfracción es del 16/05/2009. Me comentan que la empresa de renting les comunico mi identidad el 14/7/09 y que en los fundamentos de derecho en el punto dos, me indican que al no haber presentado alegaciones dentro del termino concedido el hecho denunciado resulta acreditado. Me indican que la falta es grave y la sanción es de 135,71 euros y dos puntos ,aunque en el apartado de resolución como punto único me imponen la multa solamente ya que no indican la retirada de puntos.
Mi pregunta es ¿como actuo en este caso? no recibi previamente ninguna comunicación y el vehiculo lo conducia mi esposa.
Gracias, un saludo
La notificación para la identificación del conductor, la recibe el titular del vehículo, en este caso la casa de alquiler, que informa de los datos del conductor, según aparecen en el contrato por ti firmado, incluso habrán remitido a la jefatura que entienda de la infracción una copia del mismo.
Si no recibiste comunicación anterior, tendrás que comprobar si las hubo, que es fácil que si, y también es fácil que no estuvieras en tu domicilio a la hora de realizarlas. Estos extremos, sobre horarios de intento de notificación (2 intentos en horarios y días diferentes), figuran en el expediente.