Ana, entonces ¿si no me personé en el juzgado pero ya han dictado Auto de sobreseimiento y archivo puedo acudir al juzgado a que me lo notifiquen, apoderar a procurador y que mi abogado en el plazo de tres días recurra? Gracias. Es urgente.
queridos, acerca de si son hábiles o naturales, para recurrir entiendo que son hábiles, así como que te expongo que en muchos juzgados no cuentan ni sábados ni domingos.
de todas maneras, al fondo de la cuestión, si no se le ha notificado, puede acudir a notificárselo y recurrir, o si no que haga como yo, que no me espero al último día siempre, como haceis muchos, joé.
Pd.: Un abrazo para ana fernández, que me está llevando la contraria en todos los posts
léete los posts "denuncia" y "archivo de denuncias", no tengo tiempo para ir solucionándole el marrón a todo cristo, pero ni nulidad ni pollas, lo que tienes que hacer es pedir la notificación personal y en 3 días reformar.
Quizá la solución es instar nulidad de actuaciones. La falta de notificación le ha causado indefensión. Ello si ha pasado el plazo para recurrir en Reforma (3 días hábiles) o Apelación (cinco) el Auto.
Pusé una denuncia en Comisaria. Llamaron a declarar al denunciado y no supe nada más del tema. Ahora he tenido conocimiento (por casualidad, me lo ha comunicado con sorna el denunciado) que el juzgado ha decretado el sobreseimineto y archivo, y a mi nadie me comunicó nada . Se supone que para personarme en el Juzgado tendrían que haberme dicho en qué Juzgado se remitió y notificarmelo. Ahora ¿cómo debo hacer para recurrir ese auto si ni siquiera me lo notificaron?
Pero... claro, la denuncia inicial la hizo un particular (sin abogado ni procurador), para poner el recurso de reforma sí que se necesitará representación procesal ¿no? cómo lo veis?? Gracias