Buenas tardes.
Mi mujer tiene 55 años y 8 meses (el día 3-6-2013 cumplirá 56 años), tiene secuelas de polio y por lo tanto puede acogerse a una jubilación desde el momento en que haya cumplido esos 56 años. Ella esta trabajando como funcionaria de la diputación general de Aragón como funcionara con plaza y tendrá el suficiente tiempo cotizado como para jubilarse a los 56 años con el 100%.
Por otro lado se le ha diagnosticado por medico neurólogo un síndrome postpolio progresivo por lo cual ha sido llamada por el EVI para aportar la documentación en pos de una posible incapacidad.
La pregunta que se hace es que si dado el poco tiempo hasta la posibilidad de la jubilación y habiendo el riesgo de que se le conceda solo una incapacidad permanente total que daría solo un 75%, ¿como debería comportarse? ¿podría renunciar a la incapacidad total y buscar la manera (vacaciones, nuevas bajas ...) de llegar hasta el 3-6-2013 ? ¿Tendría que incorporarse al trabajo aunque estuviera recurrida la concesión de la incapacidad total ?
Gracias por la atencion
Míratelo, porque al ser funcionaria, puede pasar a JUBILACION.
Me explico, los funcionarios cuando le dan una incapacidad permanente en sus grado total o absoluta, pasan directamente a JUBILACION, con los trienios computables hh asta los 65 años
Lo que no me dices es que clase de funcionaria.
esta acogida a MUFASE.?
por otra parte con treinta años de servicio y 60 años puede tambien jubilarse.
pero ya te digo depende, mira a ver si esta acogida al EBEB
RD 7/2007
Gracias, pero como ya escribí ella no necesita tener 60 años para jubilarse, puesto que la legalidad actual le permite hacerlo con 56 años cumplidos si tiene secuelas de polio y una discapacidad reconocida por los servicios sociales de mas del 33% (ella tiene reconocido un 80% actualmente).
En cuanto a su trabajo, ella es funcionaria de la DGA como médico de atención primaria en un centro de salud y su preocupación es precisamente su declaración con la incapacidad permanente total y que posibilidades tiene por hacer y cual debería ser su comportamiento si ese fuera el caso durante el tiempo de recursos o hasta que cumpliera esos 56 años el proximo 3-6-2013
Gracias
Una vez que te conceden la incapacidad, en caso de ser funcionaria del estado, como te he dicho anteriormente, pasa a JUBILACION directamente.
No puedes trabajar de funcionaria en tu PROFESION, estas jubilada para dicha PROFESION como funcionaria.
Ósea, que ya no eres funcionaria del estado.
Estas jubilada.
Mírate el EBEB.
RD 7/2007
hola
a mi el tribunal de teruel me concedio el 55% de incapacidad permanente total por varias problemas de salud en mayo del 2014. la seguridad social puso recurso en zaragoza y en el mes de julio, este tribunal de zaragoza me quito la prestacion, justificando que los diagnosticos medicales no quieren decir que una persona no puede trabajar. una persona puede tener varios diagnosticos pero hasta que puede trabajar tiene que cumplir en el trabajo. os pregunto a ustedes, es normal esto? que tengo que hacer ?