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recurso contencioso

3 Comentarios
 
12/03/2008 16:45
No hay de que

De todas formas, quedo a su disposición, si lo desea puede contactar en: bayoroque@gmail.com

Un saludo
12/03/2008 12:42
Muy agradecido por su informacion.
Un saludo
12/03/2008 10:17
Hola,

En primer lugar, el recurso contencioso se interpone contra la desestimación del recurso de alzada que en su dia Vd. puso contra el acto del Colegio de Abogados.

En cuanto a los daños y perjuicios entiendo, salvo mejor criterio, que si se la reclama a los abogados debera de hacerlo por otra via, una vez que haya obtenido una sentencia favorable.

Y en cuanto a los honorarios, los abogados a la hora de facturar utilizamos unos criterios orientadores. Esto singnifica ateniendose más o menos a estos, cada abogado le podrá presupuestar un importe distinto por su actuación

Un saludo
Recurso contencioso
11/03/2008 15:38
He recibido un escrito del Cosejo del Colegio de abogados de Madrid, desestimando un recurso de alzada por la actuación de mis abogados, y me indican que puedo poner un recurso contencios administrativo en el plazo de 2 meses, como descozco totalmente estos temas, y antes de contratar un abogado, me gustaria saber si:
1.- el recurso es por la decisión tomada por el Colegio negandome mis pretensiones, y por tanto contra el Consejo del Colegio o por el contrario tiene que ver con la actuación directa de mis abogados en el caso que les expongo al Colegio.
2.- La reclamción de daños y perjuicios a mis abogados no tiene nada que ver con el recurso contencioso administartivo.
3.- Si contrato un abogado para el recurso contencioso administartivo, los honorarios son fijos o depende del profesional.
Gracias por su ayuda