Si interpones el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia deberás seguir el procedimiento en primera o única instancia y no el abreviado. El anuncio de interposición del recurso se hace, normalmente, a solicitud del recurrente (mira el art 47 de la Ley 29/88 de la jurisdicción contencioso-administrativa).
A diferencia del procedimiento ordinario, deberás estar representado obligatoriamente por procurador.
Si el órgano no es el adecuado te permitirán corregir el error y te darán un plazo suficiente para poder hacerlo.
Mucha gracias taxland. el problema que le veo es, además, que dependiendo de dónde se presente será una demanda de juicio abreviado por ser de cuantía inferior a 13.000 (ante el Juzgado central) o el anuncio de la interposición de procedimiento ordinario (ante el TSJ). en cualquier caso entiendo que si lo presento donde me indican, es decir, en el TSJ, tendré que hacerlo mediante anuncio de interposicion y si no es competente, me requeriran para que presente la demanda correcta. corrígeme si me equivoco. MUCHAS GRACIAS
Te recomendaría que presentaras el recurso donde te indican. Una vez allí, el Tribunal Superior decidirá sobre su competencia y jurisdicción sobre el asunto concreto y remitirá las actuaciones al órgano que corresponda o te notificará lo que debes hacer.
Hola
necesito saber si alguien puede decirme cual sería el órgano judicial competente para interponer recurso contencioso administrativo frente a resolucion del Director General de Tráfico que modifica mínimamente la sancion inicial. en la resolucion me indican que el Tribunal Superior de Justicia, pero yo creo que tiene que ser el Juzgado Central de lo contencioso administrativo. ¿sabría alguien aclararme todo esto? ¿si me equivoco de juzgado, se interrumpe el plazo de los dos meses?. Gracias por anticipado