Estoy revisando una resolución relativa a una interposición de un recurso de Alzada y la duda que me asalta es la siguiente:
A mi cliente le desestimaron el recurso de alzada por extemporáneo y por lo tanto no se entró en el fondo del asunto.
¿Si interpongo recurso contencioso administrativo se puede entrar al fondo del asunto? o por el contrario, como se ha inadmitido la alzada por extemporánea ya no se puede interponer recurso contencioso administrativo sobre el fondo del asunto.
Si el recurso es extemporáneo, la resolución es firme. En la comunicación de la denuncia aparecerá el recurso que puedes presentar, que seguramente será un alzada, que te denegarán seguramente.
al presentar el contencioso, será contra la resolución que te lo denegaba por extemporáneo. En caso de que te dieran la razón, podás volver a presentar el recurso de alzada contra la resolución.