Me ha entrado un asunto referente a un expediente administrativo en el que ya ha recaido resolución del recurso de alzada , se me dan 2 meses para interponer recurso contencioso administrativo ; ( estoy especializado en civil y penal ) ; pero no puedo dejar pasar la oportunidad de interponer este recurso , ya que es muy interesante .
Os pregunto :
¿ Se puede presentar prueba , la cual la presentó el cliente no en el período de alegaciones y sí acompañada añl recurso de alzada ?
¿ Cómo se pide que el Juzgado requiera a la Administración correspondiente que facilite el expediente ?