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Recurso contencioso administrativo contra resolución del tribunal económico administrativo

3 Comentarios
 
11/03/2009 22:17
Kol dices:

2º En cuanto a la prueba..al TEA solo se puede acudir por los motivos reglados de la LGTributaria (prescripción..falta de noti. de la liquidación..pago..) por lo que en vía jurisdiccional..solo se puede basar el litigio en si se cumplen esos motivos o no...y consiguientemente la prueba ha de estar encaminada a ello..(no a si llevabas el cinturon puesto..o si es injusto el impuesto.., es decir, no al fondo).

¿No lo entiendo? Como no se va a poder entrar en el fondo del asunto...
perfil Kol
05/12/2005 12:18
1º El plazo que el TEA tiene para dictar resolución..es un org. administrativo es de 1 año...si en dicho plazo no se obtiene resolución expresa..Dictada y Notificada...puedes entender desestimada tus alegaciones por silencio Administrativo..6 meses para ir al contencioso. (si hay resolución expresa como en tu caso..2 meses)

2º En cuanto a la prueba..al TEA solo se puede acudir por los motivos reglados de la LGTributaria (prescripción..falta de noti. de la liquidación..pago..) por lo que en vía jurisdiccional..solo se puede basar el litigio en si se cumplen esos motivos o no...y consiguientemente la prueba ha de estar encaminada a ello..(no a si llevabas el cinturon puesto..o si es injusto el impuesto.., es decir, no al fondo).

Espero que os ayude. 1 Saludo
03/12/2005 13:47
¿Que plazo tiene el Tribunal Economico-Administrativo, para dictar resolucion?.
Recurso contencioso administrativo contra resolución del tribunal económico administrativo
30/11/2005 13:28
Me han notificado hace unos días resolución del tirbunal económico administrativo regional y tengo plazo de dos meses para recurrir ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia. Mi pregunta es:la Sala es revisora o puede presentar prueba que no haya presentado en el Tribunal Económico Administrativo??

Gracias de antemano.