Se trata de un escrito de descargo donde se estravio el resguardo de una denuncia. Dentro de los 15 dias habiles desde la comision de la infraccion (revasar un semaforo en fase roja) se presento escrito de descargo y donde se incluyeron todos los datos ecepto el nº de expediente.
Posteriormente se ha recibido mediante correo ordinario una carta que dice que devuelve el escrito que se presentó porque dice que sin el numero de expediente que no pueden determinar el mismo expediente. Se le envio el nombre del denunciado, el dni, el lugar de la ifraccion y la fecha.
Mi pregunta es si esta devolucion del escrito presentado no tendria que ir mediante correo certificado, y una vez recibido, contar un plazo habil de 10 dias, ¿esto es realmente asi?, en caso de ser asi, ¿que ocurriria si esuviese de vacaciones y no me entero de esto? ¿podria la administracion continuar y resolver el procedimiento de forma legal?