Para interponer recurso de apelación contra el Auto de Archivo decretado por una Audiencia Provincial ¿ante qué Órgano jurisdiccional corresponde realizarlo?
Yo creo que si se ha resuelto ya la apelación,no cabe recurso alguno..quizas ante el constitucional, pero solo si se han vulnerado derechos fundamentales...
En este caso si ya dos tribunales han declarado el archivo de la causa... no se si puede hacer mucho mas el denunciante..
Y si esa resolución se hizo por una Audiencia que es incompetente en la materia, ¿qué procede hacer¿ Lógicamente será inconstiotucional, ¿no?
Mi gran duda es que si un Juzgado se declara incompetente sobre ese recurso, ¿está obligado ese Juzgado a enviar toda documentación relativa al Juzgado o Sala SÍ competente?
Estoy enormemente interesado en esta última pregunta.
Cabe recurso de casación si se trata de un asunto civil , si fuera un proceso penal, y ya se hubiera resuelto el recurso de apelación no cabrá recurso alguno