Hace menos de un mes que se dictó sentencia por la custodia de mi bebé de 11 meses y su padre ya está incumpliendo el régimen de visitas. Pidió unas visitas muy amplias que no puede cumplir, pretende que lo ejerzan sus familiares. De manera urgente os pido ayuda porque sólo tengo 20 días para recurrir la sentencia o ir a una ejecución de sentencia provisional, no sé que hacer y el tiempo corre en mi contra. Tampoco tengo muy claro el proceso de modificación de medidas. ¿Podrían ayudarme a decidir cual de todas es la mejor opción?
No entiendo muy bien a que te refieres cuando dices que "ya esta incumpliendo el regimen de visitas".
El regimen de visitas al que el padre tiene derecho y le han concedido mediante sentencia, lo puede utilizar para lo que el crea conveniente, mientras el menor este bien tratado, cuidado y atendido, de la misma manera que tu, que tienes la custodia, puedes hacer exactamente lo mismo, sin que el se pueda inmiscuir en con quien esta o deja de estar el menor, siempre que este bien tratado, cuidado y atendido.
Los familiares, abuelas y abuelos, tios y tias...incluso amigos de los DOS conyuges tambien tienen derecho a querer, cuidar y disfrutar del menor y a veces nos olvidamos de eso.
Recurrir?? Todo se puede recurrir, pero aun sin ejercer de abogado, no creo que el recurso haya por donde cogerlo, aunque ya te digo que todo se puede recurrir, previo pago de las tasas, el abogado y el procurador.
Me refiero a que hizo un montón de estrategias para que le dieran un régimen de visitas muy amplio, dos días a la semana, pernoctas, fines de semana alternos y mitad de vacaciones siendo un bebé de meses y ahora lleva varios incumplimientos en el sentido de que no puede venir a por el bebé porque a vuelto a su antiguo trabajo, donde viajaba mucho y ganaba más dinero. Si no puede hacer esas visitas, ¿lo recurro, voy a ejecución de sentencia o a modificación de medidas? Me han hablado de todos esos términos pero no sé cual sería el mejor para qué ese régimen cambiara. Por otro lado no sé muy bien qué hacer cuando no viene a por el niño, debo denunciar?? necesito demostrarlo para cualquier tipo de proceso y el negaría todo, ¿cómo podría probarlo?
gemas,
Si el padre del niño volvió a su anterior trabajo por una causa digamos justificada y ese cambio se produjo después de la demanda o la sentencia...en principio no tendría por qué ser nada malo o suponer un problema mas allá de ajustarse o adaptarse por ambas partes a la que sea su nueva situación.
Si ya tuviera ese trabajo de antes...el matiz sería un poco distinto. Aunque, en cualquier caso como digo, antes de ir a un nuevo procedimiento, siempre se podría intentar llegar a un acuerdo entre vosotros adaptandose a la situación real sin "perjudicar" el tiempo y las responsabilidades que pretenda asumir el padre (siempre y cuando esté interesado realmente en asumirlas y lo haga de la manera que se espera).
Vuestro hijo puede tener meses. Pero, en principio, tanto tu como su padre, por lo que se dice habitualmente se debe entender y aplicar, estais IGUALMENTE capacitados para su cuidado.
Luego, si no hay ningún momento concreto por el que estar con su padre (o familia paterna) suponga un riesgo o perjuicio REAL para el niño........... no habría de intentar limitarse ni el tiempo, ni las responsabilidades, ni los derechos, ni las obligaciones.
Claro que ésto es únicamente una opinión.
Si el padre incumple las recogidas, entregas o visitas, no avisa ni da causa justifica o...... entiendo se habría de denunciar. Ésta sería la única forma de dejar constancia.
Mas si en la sentencia no especifica nada sobre que seais expresamente el padre y la madre los obligados a recogerle, o la prohibición igualmente expresa de que no pueda ser otra persona.....no creo que en ese sentido esté incumpliendo nada.
Vamos a ver si te sé explicar de manera que lo entiendas el significado de los distintos procedimientos a que te refieres.
El recurso de la sentencia ,significa que no estas conforme con esa sentencia por motivos como por ejemplo ,que no se valoro la prueba correctamente o no se admitio alguna prueba que se pidio....es decir un recurso versa sobre el primer juicio ,no se suele admitir pruebas o circustancias nuevas,solo por decirlo de alguna manera se revisa la sentencia por si al primer juez con todos los datos que disponía en ese momento, se le paso algo o no lo hizo bien.
La ejecución de sentencia es el procedimiento que se da ,cuando existe una sentencia y no se cumple ,y en este el juez lo que hace es requerirle a la persona que incumple que cumpla,no se cambia la sentencia ,es decir en tú caso si optas por la ejecución lo que se hará será simplemente decirle al padre de tú hijo que tiene la obligación de irlo a buscar, cuando toque.Este procedimiento para ti que según se desprende de tus escritos lo que quieres es cambiar el régimen de visitas ,solo te serviría para demostrar en la modificación que el padre no va a por el niño.
La modificación de medidas se hace y es el procedimiento por el cual debido a nuevas circunstancias se tiene que cambiar las medidas que ya existían en la sentencia.Es la jurisprudencia la que ha ido perfilando los requisitos que deben concurrir para que pueda entenderse que se han modificado las circunstancias que inicialmente se tuvieron en cuenta:
-.Que se trate de hechos de nueva consideración, surgidos con posterioridad a la sentencia que acordó la medida.
-.Que supongan una modificación "sustancial" de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de adoptarla.
-.Que la alteración de tales circunstancias revistan cierto grado de permanencia en el tiempo, es decir que no obedezcan a situaciones de carácter coyuntural o transitorio.
.-Que se trate de acontecimientos ajenos a la voluntad del cónyuge instante de la modificación, y no buscados en consecuencia por el mismo con el ánimo de que obtenga amparo la pretensión de la alteración de efectos solicitados.
-.Que dichas alteraciones sean acreditadas por quien peticiona la modificación de efectos, en atención a las reglas de la carga de la prueba del artículo 1214 del Código Civil.
El padre del bebé trabaja en una empresa muy pequeña ( 5 personas) donde el jefe es amigo suyo de toda la vida, sus funciones en la empresa eran viajar muchísimo por España y fuera donde ganaba sus buenas dietas, pocos días después de interponerme la demanda pidiendo la guardia y custodia, de repente, cambian sus funciones en la empresa y deja de viajar y ganar mucho dinero, de esta manera alega que sus circunstancias han cambiado ( todo por su hijo), tiene más tiempo para cuidar de él y gana menos dinero para que se le imponga una pensión mínima, sale la sentencia hace menos de un mes y, repentinamente, vuelve a asumir las funciones en la misma empresa que tenía antes. Ahora no puede cumplir la Sentencia, no ha venido a por mi bebé en varias ocasiones. Todo ha sido con la intención de dar un "juguetito" o "entretenimiento" a su madre y hermana (que no puede tener hijos). Entiendo que la Sentencia vela por la relación paterno-filial, no nombra a otras personas, él se lo solicitó a la jueza en dos ocasiones y ella ha hecho caso omiso. Por todo lo que me estáis explicando, entiendo que el recurso no tendría mucho sentido, ¿no?, ¿sería más correcto entonces esperar a ver todos sus incumplimientos (que los va a haber y muchos) y con ello ir a un proceso de ejecución de sentencia para luego llegar a una Modificación de Medidas? LLegué a poner una denuncia por incumplimiento pero no seguí adelante porque me dijeron que sería un procedimiento Penal ( en el que sería su palabra contra la mía), difícil de demostrar en el que probablemente sería absuelto y encima no llegaría a Civil. ¿cómo probar entonces estas faltas? Estoy desesperada y no sé que vía tomar. La comunicación es inexistente y la relación con su familia muy mala. Espero vuestra ayuda, muchas gracias
Si lo que cuentas puedes probarlo, es muy grave. Que una persona manipule para beneficio propio y no hablo ya de tener o no tener a su hijo, hablo de pensión mínima para él teniendo un sueldo sustancioso.
Yo no soy abogado pero supongo que algo se podrá hacer legalmente si tu expareja ha manipulado de cualquier forma sus ingresos para pasar menos a su hijo.
Es lamentable, pero no puedo probarlo, no sé cómo hacerlo ni sé qué tipo de pruebas me aceptarían en un juzgado, ¿se pueden aceptar pruebas de imagen o voz? ¿Cómo probar que no viene a por el niño? Por supuesto ha manipulado todo en beneficio propio y sin pensar en el bebé y ahora con una sentencia recién firmada no sé qué vía tomar
Tu comentario:
"juguetito" o "entretenimiento" a su madre y hermana (que no puede tener hijos).
Según el nuevo anteproyecto de ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental (aprobado hace unos días) a eso se le llama derecho de tu hijo a mantener relaciones personales con otros parientes (además de los abuelos) y va en interés del menor (y por lo que deduce de tus palabras, contrario al tuyo, pero prevalece siempre el del menor).
Es lo mismo que si tu trabajaras y tuvieras que dejar a tu hijo con tu madre o hermana. Espero que sepan hacer algo más que usarlo como un juguete.
Mi intención era educar un poco más en la igualdad.
Por cierto, él tuvo que mendigar un régimen amplio, pero muchas mujeres hoy día, aún sabiendo que tienen que ir a trabajar y no pueden cuidar de sus hijos, se les concede, SIN MENDIGAR, un régimen amplísimo, consistente en que cuiden a su hijo los abuelos, tíos y vecinos. Mientras el padre del niño tiene tiempo libre y sufriendo porque no puede estar con él.