Yo también investigaría por si quien dicta la providencia, tiene vinculación directa o indirecta con quienes imparten los cursillitos. La vida judicial nos da tantas sorpresas...
Yo entiendo que no hay apoyo legal en dicha providencia, vulnerando derechos constitucionales y además, impidiendo el ejercicio del derecho a las visitas. Estos jueces no se de qué van. En el recurso, solicitaría en el suplico que citara expresamente el precepto jurídico en el que se basa y la jurisprudencia aplicable. Si no te lo motiva, a por todas, pudiendo incurrir incluso en un delito de prevaricación (tan habitual, en algunos juzgados)
No soy abogada ,asi que espero que alguien te pueda ayudar mejor y asi yo enterarme un poco mejor tambien del asunto.
Pero por lo que yo sé contra las providencias ,cabe reposición en cinco dias ,ante el mismo organo que las dicto ,supongo que la fundamentación en este caso deberá ir por el articulo 216 LEC ,que versa sobre la justicia rogada en los procedimientos civiles.
demanda de ejecucion de medidas contenciosas con hijos.
A mi cliente lo denuncian por incumplir un par de veces el regimen de visitas, en principio lo requieren que lo cumpla, lo hace .
Y parece terminar el procedimiento. Pero sorpresivamente providencia:
En interes de los hijos menores, se manda a los dos progenitores preceptivamente a "escuela para padres adolescentes" No hay mas motivacion que "visto el presente estado de las actuaciones", y no hay peticion de parte.
No tengo ni idea de como fundamentar el recurso. Mi cliente o recoge a sus hijos del colegio y los atiende por la tarde o va al cursillo.
Alguien ha tenido un tema similar?? en que me puedo basar para recurrir??