Buenas tardes. Quería saber como se debe proceder en un caso como este.
Hace 2 años puse un recurso contencioso administrativo porque me habían denegado una beca del ministerio para estudios universitarios. En esa solicitud yo cumplía todos los requisitos mencionados en el artículo correspondiente de la convocatoria para los estudiantes de grado, que es la carrera que yo hago (Plan Bolonia). Sin embargo a mi me la denegaban porque decían que no cumplia los requisitos mencionados para las carreras de primer y segundo ciclo (o sea diplomaturas y licenciaturas, planes antiguos).
El recurso contencioso me lo desestiman porque el abogado del estado invoca "acertadamente" que la carrera que estudio denominada ya de por si "GRADO", es de 3 años de duración y por tanto no es un grado sino una carrera de primer ciclo (o sea una diplomatura. Pero ahí esta el error, mi carrera no es de 3 años, ES DE 4 AÑOS. Mi carrera es un grado de 4 años de duracion y no de 3. Sin embargo la desestimación se basa en decir que es de 3 años aunque es mentira.
En la sentencia del contencioso se dice directamente que contra la misma no cabe recurso de casación y que por tanto es firme. No obstante he leído que existe opción de revisar sentencias con errores manifiestos según el artículo 267.3 de la LOPJ. Y en mi caso creo que es un error manifiesto el hecho de que la sentencia diga que mi carrera es de 3 años cuando es de 4 y es algo fácilmente demostrable, aparte de que el ministerio lo tiene que saber y ha mentido.
Los errores manifiestos y/o aritméticos son otra cosa. Quizás tengas razón en lo que dices de los años, pero eso lo tenías que haber probado en su momento.
Bueno, cuando puse el recurso de reposicion al ministerio antes del contencioso, aporte una copia del plan de estudios, aparte de que los grados universitarios son tambien aprobados por el ministerio.
Dicho de otra forma, el ministerio miente cuando dice que son 3 años y lo tiene que saber. Y a mi me dan directamente una sentencia firme sin opción a recurso de casacion.
Alguna solución tiene que haber cuando una sentencia se dicta en base a una falsedad.
Si el Ministerio presentó en el Contencioso un documento "falso", puedes iniciar la vía penal, a fin de que se declare dicha "falsedad documental". Si mintió en la vista oral como testigo o perito, puedes iniciar la vía penal a fin de que se declare la existencia de un delito de falso testimonio. Si tiene lugar alguna de las anteriores declaraciones con sus correspondientes condenas, puedes presentar un Recurso de Revisión.
No obstante, vuelvo a repetir que a tí te correspondía probar de alguna forma lo que indicas.
Probar lo que indico es algo extremadamente facil, me basta con el plan de estudios de la universidad, que me lo dan tanto en secretaría como que se puede descargar de la web de la universidad, está aprobado por la ANECA y por el ministerio de educacion.
Presenta una denuncia indicando todos los datos posibles (nombre o cargo de quién certificó el documento, nombre o cargo de quién testificó en juicio, etc) y aportando todo lo que puedas. Se examinará la denuncia y se entiende que hay indicios de delito se continuarán los trámites de oficio.
Respecto a "probar lo que indico es algo extremadamente fácil", decir, que lo tenías que haber probado en el acto correspondiente durante la tramitación del Contencioso.