Hola, hoy me ha llegado una sanción administrativa por el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública. Hay manera de recurrirla?
Lo que me jode que yo no estaba haciendo nada(ya se que es lo típico pero si no fuera así la pagaría y punto ). Estaban mis amigos algo alejados de mí, consumiendo alcohol en la calle pero yo no estaba consumiendo ni estaba cerca de ningún vaso ni botella alguna.
Se bajaron de una furgoneta 4 policias locales. Vieron efectivamente botellas y vasos en la zona de mis amigos, que claramente estaban bebiendo. Pero vinieron a mí estando a no menos de 3-5 metros sin ninguna evidencia de estar consumiendo(me había alejado antes de que vinieran para hablar por telefono), me pidieron el dni entonces les pregunté educadamente que por qué, me amenazaron, incluso uno de ellos sacó la porra para intimidar sin causa para ello. En ese momento sin evidencias ni nada por el estilo sabía que al darles el dni ya me podía dar por multado sin haber hecho nada.
Cuando vinieron a traerme el resguardo les dije que no estaba de acuerdo porque no me habían visto consumiendo y les solicité que me hicieran la prueba de alcolemia para demostrar que había bebido junto con que se identificaran(su número de placa) el cual se negaron al igual que a la prueba.
Así que me interesa recurrir pero según me han comunicado no sirve de nada, espero que alguien que entienda del tema me ayude.
Saludos y gracias
Pd: lo que hace la administración para recaudar, adiestra "policias locales" como perros de presa recaudadores.
Ahh se me olvidaba, a la hora de recurrir podría alegar procedimiento policial incorrecto? pero claro ellos dirá lo contrario y su palabra vale más que la mía no?
o quizás debería mentir en el recurso alegando que reconozco haber bebido y que tengo un grave problema y que pagar una suma de dinero no me ayuda y que necesito asistir a un curso sobre adicción, obviando así el pago del importe.
EM88, segun cuentas te encontrabas en el grupo y te alejaste unos metros, bien por casualidad, bien por que viste venir el furgon policial, sea como sea, te encontrabas en el grupo, de hecho fuiste identificado allí, no se en que comunidad estas, aqui en andalucia la ley del botellon dice.
Artículo 8
Infracciones leves
Constituirán infracciones leves:
1. La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas del término municipal que el Ayuntamiento haya establecido como permitidas
si re fijas en el articulo dice "consumiendo bebidas o realizando otra actividad", por lo que lo de haber bebido, prueba de alcoholemia etc.. nada tiene ninguna importancia ni valor en decargo, en cuanto a la prueba de alcoholemia, no hay nda que diga que te tengan que hacer la orueba de alcoholemia en una denuncia de este tipo, por lo que te aconsejo es que la pagues y aprendas que no hay que estar en botellonas en lugares no autorizados.
Si resides en la Comunidad de Madrid, la Ley que se aplica el la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. Si lees el art. 52.5, dice claramente, que la multa por beber en vía pública consistirá en prestaciones en beneficio de la comunidad, que debe aceptar el infractor, si no se aceptan, se impondrá la multa pecuniaria. Pero no se puede imponer de entrada la multa económica.