Buenas tardes, no estoy segura, pero creo que no puedo recurrir un auto de medidas provisionales, estoy en lo cierto? No puedo interponer recurso de reforma?
Tampoco es eso. Claro que se puede hacer. Intenta modificar ( y te aseguro que se puede) las edidas provisionales acordadas en el pleito principal. Ya sabes por donde respira el Juez, ataca donde debees hacelo. Piensa un poquito y verás que no es tan difici. Supongo que si tu cliente ha salido de la vivienda conyugal vivirá en otro lugar que otro lugar y pagará por ello, y que estó le supondrá una disminución en sus ingresos mensuales de forma y manera que la pensión de alimentos acordada estará desfasada.
Es un ejemplo, piensa y busca la solución de tu cliente.
Siento ser tan pesimista,pero es que no han fijado la vista del jucio hasta septiembre, y si hasta entonces no puedo hacer nada, no se como va a vivir mi cliente teniendo que pasar una pensión de alimentos de 350.-€, más 50% de dos hipotecas y 50% de dos prestamos personales, con un sueldo de 1300.-€, porque una vez descontado lo anterior le quedan 100.-€ para vivir, actualmente lleva tres meses fuera de la vivienda conyugal , pero no tiene gastos de alquiler porque vive en casa de sus padres, y en este tiempo han sido ellos los que pagan los gastos de luz, telefono, agua etc., pero es que me parece tan increible que el juez fije esa pensión cuando la madre declara tener unos ingresos de 1200.-€, es que el menor necesita 600.-€ para vivir? pero mi cliente puede en cambio vivir con 100.-€?
Desearía poder hacer algo antes de la vista para modificar dicha situación........ Es que es tan increible que por el hecho de ser hombre tenga que abandonar la vivienda conyugal, tenga que quedarse con el coche que no quiere su mujer, solo pueda sacar del domicilio sus enseres personales sin poder llevarse cosas que realmente su mujer no va a utilizar porque las compraron para el, y que encima el juez no tenga en cuenta las cantidades que tiene que pagar en concepto de los cuatro prestamos para fijar la pensión de alimentos desproporcionada del menor, que acude a un colegio público, y que tiene unos gastos de clases particulares y actividades extraescolares de 60.-€/mes, estando dispuesto mi cliente en todo momento a pagar el 50% de dichas clases, no se, es la primera vez que en un divorcio contencioso mi cliente es el hombre, y aunque sabía que existía cierta discriminación positiva no imaginaba que hasta tal punto.
No se si aconsejarle que se marche de casa de sus padre y alquile un piso, pero claro con que va a pagar el alquiler del mismo? la luz, el agua, la comunidad, etc?