Las resoluciones judiciales sobre impugnaciones contra denegaciones del Colegio a la a.j.g., ¿son recurribles?
En un juzgado ha reconocido al solicitante su derecho a la asistencia juridica gratuita en su completa extensión, y a la vez que dice que "contra esta resolución no cabe recurso alguno", pero sin embargo al final, pone MODO DE IMPUGNACIÓN mediante recurso de reposición en el plazo de 5 días.. ¿es correcto?
Saludos.