Hola buenas tardes. Me gustaría que alguien me pudiera aconsejar sobre este mi asunto: soy periodista, y entre 1996 y 1999 me encargaron la realización de una serie de trabajos literarios destinados a ser explotados, tanto patrimonial como moralmente por un tercero. Efectivamente, tales trabajos fueron divulgados, yo cobré mi dinero y todo bien hasta la actualidad.
He estado pensando en todos esos trabajos, cuya autoría es mía, y quiero recuperar la paternidad mis obras literarias, sin importarme las acciones que sin duda la contraparte tomará tras esta decisión, si es que la tomo.
¿Es todo esto posible? ¿Habiendo sido lo que se conoce por autor literario negro, puedo recuperar la paternidad de mis obras? Un saludo y muchas gracias por las respuestas.
habríamos que recurrir a lo que hayáis acordado en el encargo de obra, puesto que lo más seguro es que el autor que figura en tales obras lo sea en base a una anterior cesión de los derechos por tu parte (el autor original).
La percepción de un importe que pueda justificarse (factura o recibo) implica, la cesión de esos derechos.
He de decirte que no existió, lógicamente, contrato alguno de cesión de derechos, puesto que me encargaron a mi la creación de los libros, reservándose la autoría y demás derechos morales para un tercero que es quien apareció, finalmente, como autor de las obras. Y aún en caso de que este contrato existiera sería contraproducente para el editor, ya que éste deviene nulo al no ser la paternidad de una obra materia objeto de contrato, conforme al artículo 1.261 del Código Civil, lo que me supondría mi reconocimiento como autor, y por tanto titular de todos los derechos.
Como es lógico, la autoría negra, no se recoge en ningún contrato. No soy abogado, pero ¿me equivoco?. A lo largo de los años he podido aprender algo sobre propiedad intelectual, dada mi categoría de autor.
En definitiva, mi pregunta no contestada es ¿puedo yo, un autor negro, incoar algún tipo de procedimiento que me permita reclamar la autoría de unas obras?.
me comentas que no hubo contrato escrito, entonces EL CONTRATO ES NULO, es decir nunca ha existido contrato, eres libre para explotar la obra.
Tendrás acción (civil y penal por vulneración de los derehos de propiedad intelectual) contra todo aquel que esté explotando tu obra sin autorización escrita.
61.1 del actual Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual,establece que
"...Será nulo el contrato no formalizado por escrito,...".
Eres el único autor y titular de los derechos de propiedad Intelectual, quieres un consejo inscribe en el Registro de Propiedad Intelectual de tu provincia (si quieres te indico cuál es) tus obras como autor que eres de cada una de ellas.
Un abrazo y suerte.
PD: En cuanto a tu pregunta, tú eres y siempre has sido el autor de tus obras...
Muchas gracias, Pablo, por tu aclaración. Este asunto que pretendo encaminar va a ser complejo y todavía me lo estoy pensando. Todo está a nombre del "supuesto" autor, la inscripción en el R.P.I., en CEDRO, todo...No va a ser tan sencillo.
Me lo tengo que pensar.
Muchas gracias por tu aclaración. Un saludo.
No quiero provocar mayor polémica, pero el comentario de Raventos expone de manera muy acertada mi caso. Entre un autor negro y un editor o autor figurado no existe nunca un contrato -ni verbal ni escrito, pues a todas luces es nulo, eso es evidente- de edición ni ningún otro de naturaleza similar.
Me imagino que mi caso sería similar al de una mujer que reivindica su hijo natural dado a otros como si estos fueran sus legítimos padres.
Por favor, si sois tan amables, querría que me indicaseis si es posible tomar alguna medida legal contra una persona que registró la propiedad intelectual de "Las Bodas de Isabel de Segura" en calidad de única autora, tras la primera edición de las mismas (este año será ya la décima), teniendo en cuenta que la primera edición de ese acontecimiento fue fruto y resultado de las ideas, esfuerzo, ilusión, colaboración y participación de distintas personas y colectivos.
Desde luego que se pueden tomar medidas judiciales contra tal sujeto. Eso sí, habrá que probarlo, puesto que el registro de una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual supone una prueba privilegiada de que tales derechos están inscritos y pertenecen a esa persona, por lo que la carga de la prueba la tienes tú para probar que tal obra es en realidad una obra en colaboración cuya paternidad pertenece a varios co-autores.
De todas formas, existen detalles importantes que no explicas: ¿Quién aparece como autor en la obra en si? ¿Quién firmó el contrato editorial en su momento? ¿Has venido cobrando royalties por las ventas? Una décima edición supone una importante cifra de ventas.
De todos modos, te invito a ponerte en contacto conmigo y poder tratar con mayor detalle esta incidencia.
Un saludo,
Alonso Encinar
Derechos de Autor y Propiedad Intelectual
rlandeira@aunalia.es
Alonso, muchas gracias por tu contestación y por tu disponibilidad. Lo cierto es que no se trata de una obra literaria en sí, sino de un programa de actos de una recreación medieval sobre Los Amantes de Teruel. En cualquier caso, si no te importa, prefiero enviarte los detalles a tu correo electrónico.