Llevo de alta en autonomo por mas de cinco años, primero como administrador de una s.l. minima de 3.000 eu y el ultimo año como persona fisica. No he tenido nomina en ningun momento ni tampoco he tenido beneficios.
Me han embargado una cantidad que debo recibir como indennizacion en un reclamacion judicial. Mi pregunta -y ya que no he tenido nomina- es si podria hacer preferente el credito de mis nominas de los ultimos años, ya que no las hice, ni las he cobrado, presentarlas en el juzgado donde se tramita y esta depositada la cantidad y hacer preferente esas nominas atrasadas en base a que un tanto % de las mismas no se pueden embargar. En ese caso seria como una terceria del credito pero siendo yo mismo con mis nominas el que practicaria esa accion sobre la cantidad que como digo esta embargada. En caso de que pudiera ser asi, seria posible paralizar e ir cobrando las nominas que se vayan generando y con cuanta antiguedad podria presentar las nominas atrasadas.