Una vez que a vencido el plazo de una sentencia firme para que el deudor consigne la deuda, si se pide ejecucion es aun posible que no recuperes el gasto de abogado y procurador?
Las costas serian siempre menor que ese gasto aun cuando estos sean ajustados a las normas del colegio?
¿Pierdes menos si se consigue que pague, teniendo en cuenta que la gestion extrajudicial deberá pagarla el acreedor?