Soy dueño de una pequeña empresa. En Julio del 2007 emiti a una empresa constructora una fra. por 12.931€ 16% de IVA = 15.000€ por trabajos realizados.
Me entregaron un pagaré el cual me devolvieron. Lóogicamente yo tuve que pagar el IVA y el 20% del impuesto de sociedades.
Ahora casi dos años despues la empresa se ha declarado en concurso necesario.
Me dicen que tengo que poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de la deuda en el plazo de 15 días. Pero tengo que comparecer en el procedimiento por medio de Procurador y asistido de Letrado.
Yo se tajantemente que no vamos a cobrar ninguno de los acreedores absolutamente nada, pues no hay de donde. Ya que primero estan los asalariados, la seguridad social, Hacienda etc.
Lo único que quiero recuperar es el IVA y el 20% del Impuesto de Sociedades.
Mi pregunta es:
¿Para recuperarlo tengo igualmente que comparecer en el procedimiento con procurador y abogado¿ ¿O puedo solicitar la devolución de IVA y I.S. sin tener que por ello metermen en más gastos de abogado y procurador?
Yo tenía entendido que en cuanto saliera publicado en el BOE el concurso, ya se podía reclamar el IVA y el I.S. sin necesidad de meterme en más gastos (porque no puedo con ellos)
Si alguien puede aclararme algo de todo esto, lo agradecería infinitamente.