Buenas tardes, quería preguntaros acerca de si debo hacer un último trámite, según explico a continuación:
1º. En el año 2019 interpuse recurso ante el Ayuntamiento de L´Hospitalet de Llobregat, reclamando el ingreso que hice en el año 2.016 por la liquidación del IIVTNU, y que yo entendía que no procedía.
2º En Abril de 2.022 la Diputación de Barcelona me notifica los acuerdos de su resolución al respecto, en la que estima mi reclamación, anula la autoliquidación, reconoce mi derecho a que el Ayuntamiento me devuelva el impuesto abonado mas los intereses de demora, y da traslado de la resolución al citado Ayuntamiento, para que proceda a la devolución.
A fecha de hoy aún no re recibido la devolución, por lo que el trámite que os consulto, es si debo instar yo al Ayuntamiento a que proceda a devolver el importe del impuesto, según la resolución. O si por el contrario, si lo hago, intercepto el procedimiento, y podría ser causa de echar todo al traste. Muchas gracias. Saludos.