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recuperacion fianza y nueva averia

1 Comentarios
 
perfil Jan
22/09/2009 17:36
Hola lejj65. Voy a intentar responder a sus preguntas por orden de aparición:

1º) " es suficiente 11 dias para avisar definitavemente que nos mrchamos el 1 y sobretodo forzados por esta nueva circunsatncia, que sigue impidiendo un mínimo de confortabilidad?"

Si su contrato es de DURACIÓN INICIAL IGUAL O INFERIOR a 5 años debería haber preavisado mediante burofax con acuse de recibo, como mínimo, con 30 días de ANTELACIÓN a la fecha de expiración del contrato o de cualquiera dd sus prórrogas.

2º)"el propietario esta obligado a debolverme los 2 mese de depositos y los 2 más que le deje por este desastre de mobiliario que padecemos?"

El arrendador está obligado a devolverle ambas cosas, SALVO que en la vivienda hubiera daños imputables a dolo o negligencia de usted o que quedasen cantidades pendientes de pago a la EXTINCIÓN del contrato.

3º)" A quien y donde debo reclamar si se niega?... que duración y coste tiene ese proceso?"

Ahora quizás ya sea tarde,pero los desperfectos/averías en la vivienda debió comunicarlos fehacientemente al arrendador. Y las averías en elementos comunes a la Comunidad de Propietarios.

4º)"pueden negarse a devolverme esa fianza argumentando que existe esa averia (no producida por nosotros) y que se encuentra sin solucionar?"

Le aconsejo que comunique inmediadatamente a su arrendador a través de un burofax con acuse de recibo la existencia de tal avería. De esta forma habrá menos probabilidades de que le pueda reclamar el importe de la avería.

5º)"no me aconsejan mejor dar mañana mismo la baja del recibo del alquiler y no entregar llaves hasta pasados 4 meses? a mi no me interesa, yo lo que quiero es irme y mi dinero que bien que te lo piden para acceder...

NO, como profesional de la abogacía no le aconsejo tal opción.

6º)"cuanto estipula la ley que debe ser el plazo en el que se debe dar aviso de marcha del inmueble y porque canal.?

Me remito a la respuesta dada en el punto 1º

7º)" una última pregunta: existe algun organismo o figura pública que vigile el estado y la habitabilidad de los pisos. debería acudir a ella, un abogado o gestor para que pueda defenderme delante de un juez o simplemente para sentirme mas acompañada en este proceso que preveo que en el mejor de los casos, sera desagradable"

Le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.

Reciba un cordial saludo.




Recuperacion fianza y nueva averia
22/09/2009 04:13
tengo un piso arrendado por 5 años, de los cuales llevo algo mas de 3 consumidos. lLs constantes incomodidades del edificio (ascensores que se estropean dia si dia no, filtraciones tuberias que interplantas que no se arreglan) y del piso en si (mobilario tan envejecido que no permite su uso y menos su disfrute), horno que nunca funciono, ventanas que se prometieron arreglar y que nunca se arreglaron, etc. ya hace 2 meses comunique a la popietara por tfn que marchariammos en septiembe o octube. Y aunque esa es nuesta voluntad desgraciadamenet parecia que la cosa con el piso nuevo iba mas lenta y ademas de recoger y acumular para el traslado nuestros bartulos, no he hecho nningun otro contacto con la propietaria.

hoy hemos descubierto una nueva "averia" en el lugar donde ibamos acumulando las cajas y por eso no quedaba a la vista: una pared llena de humedad y moho. Rapidamente hemos llamado al seguro quien dice que es privativo, ya que se trata de la cañeria que da paso el agua a este piso. no han podido solucionarla y aundeberan perforar tambien por la cocina, antes de dejar secar durante unos meses, que puedan venir aletas y pntar.
Mis preguntas creo que son bastante evidentes, pero permmitame formularlas:
- es suficiente 11 dias para avisar definitavemente que nos mrchamos el 1 y sobretodo forzados por esta nueva circunsatncia, que sigue impidiendo un mínimo de confortabilidad?
-el propietario esta obligado a debolverme los 2 mese de depositos y los 2 más que le deje por este desastre de mobiliario que padecemos?
-A quien y donde debo reclamar si se niega?... que duración y coste tiene ese proceso?
-pueden negarse a devolverme esa fianza argumentando que existe esa averia (no producida por nosotros) y que se encuentra sin solucionar?
-no me aconsejan mejor dar mañana mismo la baja del recibo del alquiler y no entregar llaves hasta pasados 4 meses? a mi no me interesa, yo lo que quiero es irme y mi dinero que bien que te lo piden para acceder...
-cuanto estipula la ley que debe ser el plazo en el que se debe dar aviso de marcha del inmueble y porque canal.
una última pregunta: existe algun organismo o figura pública que vigile el estado y la habitabilidad de los pisos. debería acudir a ella, un abogado o gestor para que pueda defenderme delante de un juez o simplemente para sentirme mas acompañada en este proceso que preveo que en el mejor de los casos, sera desagradable. Gracias por vuestra colaboracion y paciencia.